
Tucumán: imputaron a dos mujeres por presuntas irregularidades en un centro terapéutico que atendía a niños con autismo
La investigación apunta a una mujer que habría ejercido como psicóloga sin título universitario ni matrícula profesional durante casi tres años. También está involucrada la directora del establecimiento. Ambas accedieron a una suspensión del juicio a prueba, con una reparación económica total de $8 millones y tareas comunitarias durante 12 meses.
Una investigación judicial en San Miguel de Tucumán derivó en la imputación de dos mujeres por presuntas irregularidades en el funcionamiento de un centro terapéutico que atendía a niños con trastorno del espectro autista (TEA). Según la acusación fiscal, una de ellas habría ejercido como psicóloga sin contar con título universitario ni matrícula profesional durante casi tres años.
De acuerdo con la investigación, Romina del Carmen Soldevilla habría atendido a dos niños entre abril de 2022 y febrero de 2025 en el Centro Terapéutico Educatea. Durante ese período, habría realizado sesiones terapéuticas y participado en reuniones escolares como integrante del equipo profesional del establecimiento.
La causa también involucra a Marina Roxana Álvarez, propietaria y directora del centro. Según la acusación del fiscal Diego Hevia, Álvarez habría tenido conocimiento de que Soldevilla no estaba habilitada para ejercer la psicología y, aun así, le habría permitido atender a los menores.
La investigación por presunta facturación irregular
Durante la investigación, la Fiscalía también detectó una presunta maniobra de facturación de prestaciones psicológicas ante obras sociales. El perjuicio económico estimado en esa operatoria rondaría los $3,5 millones.
Soldevilla fue imputada por el delito de usurpación de títulos y honores. En tanto, a Álvarez se le atribuyeron participación en ese delito y estafa, según la acusación fiscal.
El acuerdo judicial y las condiciones impuestas
Finalmente, ambas imputadas accedieron a una suspensión del juicio a prueba, conocida como probation, mediante un acuerdo que establece una reparación económica total de $8 millones. Cada una deberá afrontar el pago de $4 millones.
Además, las dos deberán realizar tareas comunitarias durante un período de 12 meses, conforme a las condiciones establecidas en el acuerdo judicial.
La suspensión del juicio a prueba no constituye una condena ni implica una declaración de culpabilidad. Si las imputadas cumplen las obligaciones impuestas, la acción penal podrá extinguirse. En caso de incumplimiento, el proceso judicial podrá continuar.
La causa se originó en hechos que, de acuerdo con la hipótesis de la Fiscalía, habrían ocurrido en un establecimiento dedicado a la atención terapéutica de niños. Las responsabilidades penales deberán determinarse conforme al procedimiento judicial correspondiente.