Economía

A partir de julio comenzaron a regir los nuevos valores de recategorización para el monotributo

Desde el organismo indicaron que estas medidas generan un alivio fiscal en 4.781.614 de trabajadores de todo el país, sin que se produzcan cambios en la cuota mensual.

Desde este mes de julio, los niveles de facturación del monotributo aumentarán un 41,5%, tal como anunció semanas atrás la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Ante ello, para los contribuyente comienza un nuevo período para la recategorización.

Según se indicó desde el organismo, estas medidas del Ministerio de Economía generan un alivio fiscal en 4.781.614 de trabajadores de todo el país, sin que se produzcan cambios en la cuota mensual. Además, podrán acceder a créditos tasa fija del 43% para capital de trabajo.

El aumento en las escalas se produce en julio precisamente porque es el mes en el cual los monotributistas deben recategorizarse, dado que los períodos de recategorización se producen cada seis meses.

Los nuevos valores, se dispusieron de la siguiente manera:


• Categoría A pasarán de $ 999.657,23 a $ 1.414.762,58

• Categoría B de $ 1.485.976,96 a $ 2.103.025,45

• Categoría C de $ 2.080.367,73 a $ 2.944.235,60

• Categoría D de $ 2.583.720,42 a $ 3.656.604,33;

• Categoría E de $ 3.042.435,05 a $ 4.305.799,15.

• Categoría F de $ 3.803.043,82 a $ 5.382.248,94

• Categoría G de $ 4.563.652,57 a $ 6.458.698,71

• Categoría H de $ 5.650.236,51 a $ 7.996.484,11.

• Categoría I $ 6.323.918,55 a $ 8.949.911,06

• Categoría J de $ 7.247.514,92 a $ 10.257.028,68

• Categoría K de $ 8.040.721,19 a $ 11.379.612,01.

¿Cómo hacer la recategorización en AFIP?

Para recategorizarse en los niveles del monotributo, hay que analizar que no hayan cambiado los valores de los siguientes puntos en los últimos 12 meses:

• La facturación.

• La superficie afectada a la actividad.

• La energía eléctrica consumida.

• Los alquileres devengados.

Según el total de los valores que arroje cada parámetro, habrá que recategorizarse a la categoría que corresponda según el parámetro más alto. Si corresponde quedarse en la misma categoría, no se debe hacer ningún trámite.

En caso de tener que cumplir con la obligación, los pasos son los siguientes:

• Ingresar al sitio web del Monotributo.

• Indicar CUIT, clave fiscal y presionar «Aceptar».

• Seleccionar la opción «Recategorizarme»

• Ir al apartado de «Continuar recategorización».

• Informar los nuevos parámetros.

• Indicar la opción «Imprimir credencial».

• El sistema emitirá el Formulario 184 (como comprobante de la recategorización realizada) y la nueva Credencial de Pago.

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